Abierta la puerta a la celebración de actos civiles en edificios municipales
Se podrán celebrar funerales y actos civiles en el palacio de Foronda y en el Convento
ROMATET Los cambios que se viven en la sociedad son cada vez más evidentes. Hoy es el día que se celebran más bodas por lo civil que por la Iglesia. El Ayuntamiento de Zumaia dio un nuevo paso permitiendo la celebración de funerales civiles u homenajes civiles en edificios de la localidad.
La ordenanza que regirá este tipo de actos fue aprobado en el último Pleno municipal. Tal como señala el documento, la realización de actos civiles (bodas, fallecimientos u homenajes) «nace de la necesidad social de ofrecer un acto digno y personal a aquellos ciudadanos que han escogido vivir sin la religión, de conformidad a cómo la persona concibe la vida».
En ese sentido, con carácter general y dentro del término municipal, estas celebraciones se realizarán en el palacio de Foronda o en el Convento de San José. El coste por utilizar alguno de estos dos edificios será de 49,15 euros.
Los actos civiles se celebrarán de lunes a sábado, habilitando al efecto los recursos municipales necesarios. El horario para la celebración será de 17.00 a 21.00 horas, de lunes a viernes. Los sábados y festivos (excepto domingos) se celebrarán de 9.00 a 14.00, y de 17.00 a 21.00 horas.
Empadronados en Zumaia
Será el Alcalde o en su caso el concejal en quien delegue, quien autorice la celebración del acto, siempre que la persona o familiar correspondiente, empadronada en el municipio de Zumaia, cumplimente la solicitud que se encuentra disponible en el Ayuntamiento de Zumaia o en las dependencias de la Policía Municipal.
La celebración del acto contará con la colaboración del personal municipal. El Ayuntamiento pondrá a disposición de la persona solicitante el equipo de megafonía y los elementos, como mesas y sillas necesarios. Asimismo, durante el transcurso del acto civil, la Policía Municipal de Zumaia permanecerá en las proximidades para garantizar el normal desarrollo del mismo.
Cuando los organizadores de los actos civiles deseen ornamentar el local municipal o acondicionarlo de forma especial, deberán hacerlo saber a la Policía Municipal con la antelación suficiente, respetando siempre la armonía y características del lugar y siendo a su cargo los gastos que con este motivo se produzcan
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